Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública de Costa Rica

El Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública es el marco orientador de las políticas del Gobierno de la República para un período de cuatro años, elaborado bajo la coordinación de MIDEPLAN con las demás instituciones del Sistema Nacional de Planificación (SNP) y la participación ciudadana, que en congruencia con el Plan Estratégico Nacional (PEN) y considerando los Planes Nacionales Sectoriales (PNS) y los Planes Regionales de Desarrollo (PRD), define los objetivos, políticas, metas, los programas y las estrategias para el desarrollo del país, así como las prioridades presupuestarias públicas.

El Plan Estratégico Nacional es el instrumento de largo plazo para períodos no menor de 20 años, formulado bajo la coordinación técnica de MIDEPLAN con el apoyo de las diferentes instituciones, sectores y subsistemas del SNP y la participación ciudadana, donde se expresan los objetivos, políticas, metas y lineamientos que se requieren implementar para alcanzar la visión de futuro sobre el desarrollo del país. El PEN debe actualizarse al menos cada 5 años

Ingrese al foro sobre la elaboración del Plan. Sus aportes son muy importantes para construir el país que merecemos

Proceso de elaboración del Plan

La Construcción Participativa es una metodología que es parte de la jurisprudencia costarricense utilizada por primera vez en la elaboración de la Ley 8839 que tiene por objeto el uso eficiente de los recursos. Este principio jurídico se basa en la elaboración de una ley o reglamento incluyendo la escucha y participación activa de personas, grupos y organizaciones tanto sociales como económicas con interés en que sus aportes sean tomados en cuenta.

La Ley de Planificación Nacional es clara al indicar que el Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública debe ser elaborado bajo la coordinación del MIDEPLAN con las demás instituciones del SNP y la participación ciudadana.

Según esta ley, se entiende por Participación Ciudadana el conjunto de medios tendientes a favorecer la incorporación de las y los habitantes y las organizaciones privadas en los procesos públicos de toma de decisiones y rendición de cuentas.

Además que uno de los objetivos del SNP es propiciar la participación oportuna y relevante de las o los habitantes en la solución de los retos del desarrollo nacional y promover mecanismos de concertación entre las organizaciones.

"Se garantiza la participación institucional y ciudadana efectiva en las instancias y los procesos de planificación"

Se debe garantizar la participación institucional y ciudadana efectiva en las instancias y los procesos de planificación. Por lo que las instituciones del Sistema Nacional de Planificación actuarán objetivamente, sin incurrir en discriminaciones improcedentes.

Las actividades de planificación se deben ajustar a las disposiciones generales y a los principios generales que integran el Ordenamiento Jurídico

El proceso de planificación garantizará el derecho de los habitantes de acceso a la información pública, que no sea confidencial según la ley.

Es uno de los objetivos del Sistema Nacional de Planificación propiciar la participación oportuna y relevante de las o los habitantes en la solución de los retos del desarrollo nacional y promover mecanismos de concertación entre las organizaciones.

Por lo que son funciones del Sistema Nacional de Planificación, entre otras:
▪ Facilitar la efectiva participación ciudadana en los procesos de planificación, potenciando el uso de las tecnologías.
▪ Impulsar acciones para mejorar la gestión de la Administración Pública y la gobernabilidad del Estado para la satisfacción efectiva de las necesidades de las y los habitantes.

La elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública se basa en el Reglamento Nº 44054-PLAN que en su artículo 3 establece que el PND se elaborará considerando el Plan Estratégico Nacional, compromisos internacionales para el desarrollo del país y otros instrumentos de planificación; así como, procesos de consulta de participación ciudadana.

El mismo reglamento en su artículo 4 indica que el Mideplan presentará a la persona que ocupe la Presidencia de la República, la metodología para la elaboración del PND dentro del primer mes a partir de la fecha de inicio del período de Gobierno. Asimismo, Mideplan coordinará la elaboración del PND dentro de los primeros siete meses del período del Gobierno, con la Presidencia de la República, las rectorías sectoriales y las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Planificación (SNP) y que una vez elaborado el PND, Mideplan lo someterá a consideración de la persona que ocupe la Presidencia de la República para que emita por escrito su criterio de aprobación. Una vez aprobado el PND será comunicado ante el Consejo de Gobierno y a las personas jerarcas institucionales, y, posteriormente será difundido a los demás Poderes de la República y a la ciudadanía por los medios orales, impresos y electrónicos que se estimen convenientes.

Nótese que el artículo 4 no menciona que se tome en cuenta a la ciudadanía para su elaboración ni para la elaboración de la metodología pero lo primero queda subsanado con el artículo anterior donde se anota que dicho plan se elaborará considerando también procesos de consulta de participación ciudadana, aunque no define en el reglamento ningún procedimiento para ello. Por lo tanto es importante plantear esta situación ante las personas funcionarias del Mideplan a quienes corresponde elaborar tanto la metodología como la elaboración en sí del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública para definir una agenda de inclusión del pueblo.de Costa Rica en este importante proceso del cual dependerá la satisfacción de nuestras necesidades y la atención de situaciones prioritarias considerando que también somos parte del Gobierno de Costa Rica como lo determina el artículo 9 de la Constitución Política en su modificación del 2003, pues antes de ese cambio el Gobierno estaba conformado solamente por los tres Poderes de la República.

Debe considerarse el hecho de que al hablar de participación ciudadana no es solamente que se invite a representantes de organizaciones de la sociedad civil a participar, pues al estar trabajando ahora en la consolidación de un sistema democrático también participativo, ese tipo de participación de únicamente representantes de organizaciones no gubernamentales viene a ser una forma de exclusión, pues como lo indica la misma Ley de Planificación Nacional se entiende por Participación Ciudadana el conjunto de medios tendientes a favorecer la incorporación de las y los habitantes y las organizaciones privadas en los procesos públicos de toma de decisiones y rendición de cuentas.

Aclarado esto, el concepto denota que la participación debe darse también en el nivel de la toma de decisiones, por lo que debe incluírsenos en todos los aspectos y fases del proceso de diseño, elaboración, evaluación e inclusive ejecución por lo señalado sobre la requerida incorporación del pueblo costarricense en el Gobierno como lo ordena la Ley 8364.

La ley es clara al establecer que las instituciones del SNP actuarán objetivamente, sin incurrir en discriminaciones improcedentes.

 

Años atrás era tomado en cuenta para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública tanto el Plan de Gobierno del partido político electo para asumir la presidencia como el Plan Nacional de Desarrollo anterior. Esto es de gran importancia pues, por una parte el Plan de Gobierno debería determinar la intención del electorado inscrito que optó por la escogencia del partido político electo con base en los planteamientos esgrimidos en dicho plan y por otra parte, porque es de suma importancia evaluar qué logros se obtuvo por haber ejecutado las políticas diseñadas como parte del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública y considerar qué objetivos y metas no se alcanzó y el por qué. Por lo tanto se considera pertinente incluir esto en la metodología de elaboración del nuevo Plan, además de incorporar el principio de Construcción Participativa y considerar cualquier sugerencia de parte de la ciudadanía interesada.

Señala el Instituto Interamericano de Derechos Humanos que para que exista una verdadera democracia no puede disasociarse su carácter representativo del participativo, pues la mera representación, por más bien aplicada, es insuficiente para asegurar la democracia. Y de que en el contexto actual de avance en los derechos, este concepto abarca además una tercer característica, que es la necesidad de que sea inclusiva para que, en respeto de la diversidad de sujetos, pueblos, orígenes y contextos, busque reflejar la variedad y riqueza de etnias, lenguas, perspectivas y culturas.

Son funciones del MIDEPLAN:
▪ Promover mecanismos que garanticen una efectiva transparencia y rendición de cuentas en la función pública, con participación ciudadana en la planificación pública y en el cumplimiento de metas
▪ Promover la efectividad en la gestión pública, con componentes de desconcentración y descentralización

Son funciones del Sistema Nacional de Planificación:
▪ Facilitar la efectiva participación ciudadana en los procesos de planificación, potenciando el uso de las tecnologías.
▪  Impulsar acciones para mejorar la gestión de la Administración Pública y la gobernabilidad del Estado para la satisfacción efectiva de las necesidades de las y los habitantes.

Es una de las funciones del Subsistema de Planificación del Desarrollo formular políticas, planes, programas y proyectos que tiendan a resolver los principales problemas del país, con la participación de la sociedad. Considerando que son instrumentos del Subsistema el PND, los PEN, los PEI, los PNS, los PRD, los informes anuales de análisis de ejecución de políticas, planes y programas estratégicos sobre el desarrollo del país y otros instrumentos congruentes con sus fines y funciones.

Es responsabilidad de las instituciones públicas atender consultas públicas en relación con las funciones que corresponden al Subsistema Nacional de Desarrollo.

Es función de las Unidades de Planificación Institucional velar por la participación ciudadana en los procesos de planificación institucional.

Es función de las ministras y ministros rectores sectoriales integrar de manera participativa las opiniones de grupos de interés en los asuntos de relevancia sectorial.

Son órganos del Subsistema de Planificación del Desarrollo el MIDEPLAN, por medio del Área de Análisis del Desarrollo, las ministras y ministros Rectores, los Consejos Sectoriales, las Secretarías Sectoriales, las UPI y la Comisión de Coordinación Técnica Interinstitucional de Planificación, Programación y Evaluación de la Gestión Institucional y Sectorial del Poder Ejecutivo así como otros órganos regionales, sectoriales e institucionales establecidos al amparo del SNP como lo son las Agencias Regionales de Desarrollo Regional, antes denominadas Consejos Regionales de Desarrollo Regional (COREDES).

Participación Ciudadana en la construcción de la Democracia Participativa mediante el sistema de Gobernanza Multinivel

La democracia como forma de gobierno no es un modelo estático, es más bien un modelo que ha venido evolucionado con el tiempo de la mano con el avance de los derechos humanos. 

El modelo democrático costarricense tuvo un avance aunque solamente en el papel, por medio de un cambio en nuestra Constitución Política que conlleva una ampliación de derechos, pues el modelo de democracia representativa se volvió insuficiente para satisfacer las necesidades del pueblo costarricense, como ha sucedido en la mayoría de países debido a que ha venido consolidando grupos de poder que no responden al interés del pueblo en la atención de nuestras necesidades humanas fundamentales y no resultan entonces realmente representativos. En la mayoría de casos los partidos políticos terminan gobernando para unos pocos. Un hecho que demuestra la inconsistencia del modelo representativo es que hay diputadas y diputados que se autodenominan independientes, pero que llegaron a ocupar un cargo popular al ser electos como parte de un partido político y entonces ¿a cuáles habitantes representan?

La Alianza de Gobierno Abierto de la cual forma parte Costa Rica propone cuatro etapas de participación ciudadana:

Inicial:
▪  Involucrar a los ciudadanos en la evaluación de las instituciones de gobierno y en la identificación de reforma/políticas prioritarias
▪  Reformar la legislación para crear un entorno propicio para la actuación de organizaciones de la sociedad civil.
Intermedia:
▪  Favorecer el uso ciudadano de herramientas digitales. Desarrollar un pacto entre el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil para alcanzar objetivos comunes.
▪  Involucrar a los ciudadanos en procesos deliberativos sobre un asunto político prioritario.
▪  Promover legislación y directrices sobre consultas ciudadanas para el desarrollo de políticas públicas.
Avanzada:
▪ Crear y financiar un centro especializado para la institucionalización de la participación ciudadana
▪ Incluir la participación ciudadana como una competencia básica para los funcionarios del gobierno y cargos públicos.
▪  Establecer mecanismos que permitan la plena integración participativa en la vida cívica de niños y jóvenes.
Innovadora:
▪  Prototipos de nuevos enfoques para la participación ciudadana (diseñar nuevas fórmulas de participación).

Gobierno Abierto requiere apertura a la participación ciudadana y la participación en la formulación de políticas y la gobernanza, incluida la protección básica para las libertades civiles (Open Government Partnership, 2011)

En el plano del gobierno abierto, la participación ciudadana como pilar, deberá permitir la construcción social de las políticas públicas y el aumento de las capacidades ciudadanas en el seguimiento, control de las mismas y garantizar espacios de mayor igualdad y pluralismo social. Para ello se debe tomar en cuenta al menos tres elementos básicos:

1- Identificación y creación de incentivos para la participación y reducción de los costos indirectos o las barreras asociadas.

2- Construcción de las capacidades necesarias para que los ciudadanos participen de forma eficiente y efectiva.

3- Producción y publicación de información completa, imparcial, oportuna y entendible, capaz de resumir de manera sencilla las diferentes dimensiones del desempeño del Estado, así como informar claramente a los ciudadanos sobre sus derechos y el uso de los mecanismos de participación existentes.

Para efectos de la Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto, se reconocerá la existencia de distintos niveles de participación, a saber: informativo, consultivo, decisorio y de cogestión o coproducción, dentro de los cuales las instituciones públicas deberán identificar aquellos mecanismos o medios que garanticen una mayor democratización, eficiencia y efectividad de sus decisiones y acciones, privilegiando el desarrollo de las formas de participación colaborativas por encima de las meramente consultivas.

El pilar de la colaboración se entiende como la generación de nuevos espacios de encuentro, diálogo y trabajo que favorezcan la co-creación de iniciativas y coproducción de nuevos servicios públicos.
Ello supone por un lado, el promover nuevos enfoques, metodologías y prácticas para potenciar y fortalecer la innovación al interior de las instituciones públicas y favorecer la colaboración con otros actores de la sociedad, el sector privado, las organizaciones del sector privado, entre otros.

Por otro lado, supone reconocer las capacidades disponibles en la propia sociedad y los beneficios que estos pueden aportar en el diseño e implementación de políticas públicas; dejando atrás el enfoque de una ciudadanía receptora pasiva de acciones institucionales, para convertirse en protagonista y productora de sus propias soluciones.

También supone la co-responsabilidad, cooperación y trabajo coordinado, no solo con la ciudadanía, sino con las empresas, asociaciones, academia, organizaciones de la sociedad civil y demás actores, así como el esfuerzo conjunto dentro de las propias administraciones públicas, entre ellas y sus funcionarios.

En el marco de esta Carta se asumirá la innovación ciudadana como el involucramiento y compromiso activo de los ciudadanos en iniciativas que buscan contribuir al interés general, a fin de alcanzar una mayor inclusión y promover la cultura de la igualdad mediante prácticas colaborativas y trabajo en red. Se reconocerá por ello el papel clave de las organizaciones públicas como entidades facilitadoras de la apertura y dinamización de estas plataformas colaborativas, así como su papel de promotoras de espacios que favorezcan una innovación efectiva, robusta y sostenible.

Uno de los tres pilares de gobierno abierto definidos en los “Estándares de Gobierno Abierto”, proyecto liderado desde Access Info Europe con apoyo de diversas organizaciones de la sociedad civil, expertos y otras entidades, que fue lanzado oficialmente en setiembre del 2012, es el de participación ciudadana. En este se define que las personas ciudadanas puedan participar directamente en el análisis de las opciones de política pública y en las decisiones del gobierno, y que contribuyan con ideas y evidencia que oriente las políticas, leyes y decisiones que mejor sirvan a la sociedad y a los amplios intereses democráticos. Que los gobiernos puedan buscar la movilización activa de los ciudadanos a participar en el debate público, y que exista mecanismos que permitan que el público participe por su propia iniciativa.
Los estándares para este pilar son los siguientes:

Apertura: Promover consultas públicas ampliamente, incluso por Internet, listas de correo, anuncios públicos y medios de comunicación, animando a todos a participar y en particular, a los grupos de interés comprometidos.

Plazos claros y razonables: Que los procesos participativos estén estructurados de manera de asegurar el tiempo suficiente para permitir que las partes interesadas puedan aprender acerca de la consulta, revisar los materiales, preparar y garantizar la calidad de los aportes considerados.

Información completa, clara y comprensible: Que los materiales de apoyo disponibles para los servidores públicos involucrados en los procesos de toma de decisiones se pongan a disposición de los ciudadanos; que los principales datos y sus análisis deban ser presentados en una forma que sea accesible y comprensible para el público.

Colaboración activa: Que los organismos públicos sean proactivos en sus interacciones con el público, estableciendo múltiples canales para obtener información (por ejemplo, consultas en línea, audiencias públicas, grupos focales), garantizando así que todos los interesados tengan la oportunidad de participar, y que el debate en torno a un problema pueda evolucionar y madurar con el tiempo.

Procedimientos de trabajo claros: Que las reglas sobre la forma de participar en las consultas sea clara, junto con la definición de plazos y cómo deben ser suministrados los comentarios que deberán enviarse a la autoridad pública, así como los lugares y fechas de las audiencias públicas y la manera de obtener invitaciones para asistir y participar.

Empoderamiento: Que los procesos participativos tengan por objeto colocar la decisión final en manos del público. Todos los comentarios recibidos deben ser cuidadosamente revisados y las perspectivas presentadas deben incorporarse en la documentación sobre la decisión final. Una justificación detallada debe ser entregada sobre el por qué y el cómo se han tenido en cuenta las opiniones del público.

Transparencia y rendición de cuentas: Informes sobre las respuestas recibidas, y sobre quienes participaron con comunicaciones escritas o en audiencias públicas, junto con las principales observaciones presentadas, y el razonamiento por escrito explicando cómo los comentarios recibidos se tuvieron en cuenta, debiendo estar todo ello disponible en un lugar de fácil acceso para que cualquier miembro del público pueda encontrarlo y consultarlo.

El Instituto Interamericano de Derechos Humanos -IIDH- ha adoptado para sus trabajos de investigación y educación en la materia el siguiente concepto:

“toda actividad de los miembros de una comunidad derivada de su derecho a decidir sobre el sistema de gobierno, elegir representantes políticos, ser elegidos y ejercer cargos de representación, participar en la definición y elaboración de normas y políticas públicas y controlar el ejercicio de las funciones públicas encomendadas a sus representantes”.

Al respecto de este concepto aclara el IIDH que el uso del término comunidad es plenamente intencionado y pretende ser abarcativo de país o pueblo, en diversas dimensiones, a fin de hacer evidente que la participación se ejerce, en una sociedad ampliamente democrática, no sólo en los procesos políticos nacionales, sino en los similares en el plano regional o local.
Este derecho es inclusivo de las formas diversas ejercidas por parte de pueblos originarios y aplicable al ámbito local como al nacional.

La participación ciudadana es lo que sustenta y sostiene al Gobierno Abierto. Constituye la base de muchos de los otros temas vinculados a las políticas de gobierno abierto. La ciudadanía activa suele ser un enlace vital entre la transparencia y la rendición de cuentas.

En un mundo cada vez más complejo, las contribuciones de los ciudadanos son un recurso imprescindible para la formulación de políticas públicas. Una adecuada toma de decisiones requiere de los conocimientos, experiencias, opiniones y valores de los ciudadanos. La implementación de las decisiones difíciles depende, en buena teoría, del consentimiento, aprobación y apoyo de la ciudadanía.

El gobierno abierto supone una transición institucional sin precedentes en la búsqueda de nuevos modelos de gobernanza, fundados en la recuperación de la confianza y legitimidad de la acción pública, y buscando contar con la ciudadanía como centro y protagonista de su propio desarrollo.

“Una democracia que no aprenda a afrontar los problemas de la pobreza y la falta de oportunidades económicas no está llenando su cometido”. (José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos)

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